Publicidad

Seguros y prórroga de competencia territorial | A. y S. 33/2026

La Sala anuló dos interlocutorios que habían desatendido una cláusula de prórroga de competencia territorial en una póliza de seguro sin fundamentación jurídica suficiente.

Ficha de la resolución

Órgano: Corte Suprema de Justicia · Sala Constitucional

Resolución: Acuerdo y Sentencia N.º 33/2026

Fecha: 24 de febrero de 2026

Expediente y referencia: Acción promovida por La Consolidada S.A. de Seguros en un juicio de cumplimiento de contrato. Expediente constitucional 2298/2019. La carátula completa consta en la resolución oficial.

Vía procesal: Acción de inconstitucionalidad

Resultado: Hacer lugar, anular los A.I. 291 del 20 de agosto de 2019 y 326 del 11 de septiembre de 2019, dictados por la Segunda Sala Civil y Comercial de Alto Paraná, y reenviar para nuevo juzgamiento. Costas a la perdidosa.

📄 Abrir o descargar resolución oficial (PDF)

Análisis del fallo

Antecedentes relevantes

La aseguradora opuso incompetencia territorial invocando la cláusula de la póliza que remitía los litigios a los tribunales del lugar de emisión. La alzada revocó la decisión favorable a esa excepción y aplicó disposiciones de protección del consumidor. La compañía promovió la acción constitucional contra esa resolución y su aclaratoria.

Problema jurídico

¿Puede dejarse de aplicar una prórroga territorial admitida por las normas específicas mediante disposiciones que no resuelven por sí mismas el conflicto de competencia?

Criterio y decisión

El preopinante observó que el art. 1560 del Código Civil admite la prórroga dentro del país y que el art. 3 del Código Procesal Civil permite prorrogar la competencia territorial. Consideró arbitrario descartar el pacto con normas que no regulaban esa cuestión, sin una justificación suficiente. La Sala anuló los interlocutorios y dispuso que otro tribunal juzgue nuevamente.

Ministros y sentido de los votos

  • César Diesel Junghanns: Preopinante: propuso la nulidad por arbitrariedad normativa y falta de fundamentación suficiente.
  • Víctor Ríos Ojeda: Adhirió al sentido del voto con fundamentos propios sobre claridad y aceptación de la cláusula, autonomía de la voluntad y seguridad jurídica.
  • Gustavo Santander Dans: Coincidió con el resultado y agregó un análisis del art. 4 del Código Procesal Civil: la oposición de la excepción de incompetencia impide consolidar la prórroga tácita pretendida por el actor.

Normas examinadas o citadas

Constitución: arts. 16 y 256; Código Civil: arts. 669, 715 y 1560; Código Procesal Civil: arts. 3, 4 y 560; Código de Organización Judicial: art. 17; Ley 1334/1998 de defensa del consumidor: arts. 6 y 7.

Alcance para su cita

La sentencia examina la cláusula concreta y los fundamentos utilizados para desconocerla. No autoriza a sostener que toda cláusula territorial sea siempre válida, ni que la protección del consumidor resulte irrelevante en cualquier litigio de seguros.

Texto íntegro en el documento oficial

El texto íntegro se consulta en la reproducción escaneada publicada por la Corte Suprema de Justicia. Esta entrada contiene una ficha editorial y un análisis; no presenta una transcripción automática del escaneo.

Consultar el texto íntegro del Acuerdo y Sentencia N.º 33/2026 en la fuente oficial

Fuente y nota editorial

Fuente: Sistema de Información de Jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia del Paraguay, registro 118442. Copia oficial descargada y consultada el 21 de octubre de 2026.

Los nombres de los ministros permiten identificar los votos. La ficha omite identificadores y datos personales ajenos al análisis; cuando abrevia una referencia, la carátula completa permanece en la fuente oficial. Contenido informativo y académico. Antes de utilizar el fallo en una actuación profesional, contraste el documento y compruebe la normativa aplicable.

Adapta los modelos al caso concreto y verifica las fuentes oficiales.

Sobre esta publicación

Contenido informativo. Revisa las fuentes y adapta los modelos a tu caso.

Comunicar una corrección
Publicidad
Publicidad
Información para tu consulta

Verifica el texto y sus modificaciones en la fuente oficial.

Criterios editoriales →
Quiénes somos

Derecho Paraguayo es un sitio de consulta de contenidos sobre derecho paraguayo dirigido a abogados, estudiantes y personas interesadas en la materia. Reúne legislación, jurisprudencia y modelos de escritos publicados en el blog.

Criterios editoriales

El buscador clasifica las publicaciones según sus etiquetas. Cuando el título permite identificar un año, lo ofrece como filtro. Las fechas de publicación del blog no se presentan como fechas de revisión o de vigencia.

Las categorías y resultados no acreditan exhaustividad, vigencia ni revisión profesional. Para comunicar una corrección, utiliza la página de contacto.

Privacidad y publicidad

El sitio se aloja en Blogger. Los servicios de Google pueden tratar información de conexión, identificadores y cookies conforme a su configuración. Esta versión de la plantilla no incorpora scripts publicitarios; sus espacios están reservados para una futura configuración. Consulta la política de privacidad de Google y las opciones de anuncios de Google.

Esta plantilla guarda la preferencia de color en el navegador y mantiene temporalmente el catálogo jurídico en el almacenamiento de la sesión para agilizar las consultas. El buscador de catálogo filtra localmente los documentos descargados; la búsqueda alternativa de Blogger envía la consulta a Blogger.

Menú principal

Buscar en Derecho Paraguayo