La Sala declaró inoficioso estudiar la acción de Agropeco contra la Ley 6355/2019 y levantó la suspensión de efectos que se había dictado en el expediente.
Ficha de la resolución
Órgano: Corte Suprema de Justicia · Sala Constitucional
Resolución: Acuerdo y Sentencia N.º 25/2026
Fecha: 20 de febrero de 2026
Expediente y carátula: Agropecuaria y Comercial del Paraná S.A. (Agropeco S.A.) c/ Ley 6355/2019. Expte. 1355/2020.
Vía procesal: Acción de inconstitucionalidad
Resultado: Declarar inoficioso el estudio; levantar la suspensión y archivar una vez firme.
📄 Abrir o descargar resolución oficial (PDF)
Análisis del fallo
Antecedentes relevantes
La abogada Rossana Báez Mendoza, en representación de Agropeco S.A., impugnó la Ley 6355/2019, vinculada al régimen de declaraciones juradas de bienes y rentas.
Problema jurídico
¿Corresponde un pronunciamiento constitucional de fondo si la derogación de la norma atacada hizo desaparecer el agravio identificado en la acción?
Criterio y decisión
El preopinante explicó que la Ley 6919/2022 excluyó del sistema jurídico la norma cuestionada. Al no subsistir el agravio examinado, estimó inoficioso un pronunciamiento. La Sala también ordenó levantar la suspensión de efectos del A.I. 1038 del 9 de septiembre de 2020 y archivar los autos cuando la decisión quede firme.
Ministros y sentido de los votos
- Víctor Ríos Ojeda: Preopinante: propuso declarar inoficioso el estudio y levantar la suspensión de efectos.
- César Diesel Junghanns: Adhirió al voto del preopinante por los mismos fundamentos.
- Gustavo Santander Dans: Adhirió al voto del preopinante por los mismos fundamentos.
Normas examinadas o citadas
Ley 6355/2019; Ley 5033/2013; Ley 6919/2022; referencia al art. 104 de la Constitución en las denominaciones legales.
Alcance para su cita
Es una declaración de estudio inoficioso, no una decisión que declare constitucional o inconstitucional la ley cuestionada. El levantamiento de la suspensión es una consecuencia expresamente ordenada en este expediente.
Texto íntegro en el documento oficial
El texto íntegro se ofrece en la reproducción escaneada que publica la Corte Suprema de Justicia. El enlace abre el PDF original, con los fundamentos, votos y parte resolutiva. Esta entrada contiene una ficha editorial de análisis; no presenta una transcripción automática del escaneo.
Consultar el texto íntegro del Acuerdo y Sentencia N.º 25/2026 en la fuente oficial
Fuente y nota editorial
Fuente: Sistema de Información de Jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia del Paraguay, registro 118434. Copia descargada y consultada el 21 de octubre de 2026.
Ficha elaborada a partir del documento oficial. Los nombres de magistrados se consignan para identificar sus votos. No se añaden cédulas, domicilios, teléfonos ni datos ajenos a la cuestión jurídica. La publicación tiene finalidad informativa y académica; para una actuación profesional, contraste el contenido con la resolución oficial y la normativa aplicable.