Publicidad

DECRETO Nº 10686/2013 POR EL CUAL SE LLAMA BAJO BANDERA A LOS CIUDADANOS PERTENECIENTES A LA CLASE 1995, A FIN DE DAR CUMPLIMIENTO AL ARTICULO 129 DE LA CONSTITUCIÓN NACIONAL Y LOS ARTICULOS 1°, 6° Y 14 DE LA LEY N° 569/75 DEL SERVICIO MILITAR OBLIGATORIO.

DECRETO Nº 10.683/13



POR EL CUAL SE LLAMA BAJO BANDERA A LOS CIUDADANOS PERTENECIENTES A LA CLASE 1995, A FIN DE DAR CUMPLIMIENTO AL ARTICULO 129 DE LA CONSTITUCIÓN NACIONAL Y LOS ARTÍCULOS 1°, 6° Y 14 DE LA LEY N° 569/75 DEL SERVICIO MILITAR OBLIGATORIO.

Asunción, 15 de febrero de 2013

VISTO: La Nota N° 206 del 24 de octubre de 2012, elevada por la Dirección General de Reclutamiento, Reserva y Movilización, por el conducto jerárquico correspondiente al Ministerio de Defensa Nacional (Expediente N° 187/2013), y

CONSIDERANDO: 

Que en la misma solicita sean llamado bajo bandera a los ciudadanos pertenecientes a la Clase 1995, nacidos desde 1 de enero al 31 de diciembre del mismo año, a fin de dar cumplimiento alArtículo 129 de la Constitución Nacional y los Artículos 1º, 6º y 14 de la Ley N° 569/75 "Del Servicio Militar Obligatorio".

Que el Artículo 13 de la Ley N° 569/75, dispone que el "Licenciamiento del personal de la clase que ha cumplido con el Servicio Militar y la incorporación del ciudadano en edad militar, será por Decreto del Poder Ejecutivo".

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario del Ministerio de Defensa Nacional, se expidió favorablemente según Dictamen N° 59 del 18 de enero de 2013.

POR TANTO; en ejercicio de sus atribuciones constitucionales,

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY 
DECRETA:

Art. 1º.- Llamase bajo bandera a los ciudadanos perteneciente a la Clase 1995, nacidos desde 1 de enero al 31 de diciembre del mismo año, a fin dar cumplimiento al Artículo 129 de la Constitución Nacional y a los Artículos 1º, 6º y 14 de la Ley Nº 569/75 "Del Servicio Militar Obligatorio".

Art. 2º.- Los ciudadanos afectados por el Artículo Io del presente Decreto, se presentarán en los Centros de Reclutamiento de la Capital e Interior del país, a los efectos de la Inspección Médica, que se realizará desde el mes de febrero al mes de abril de 2013, a los nacidos hasta el 30 de abril de 1995, de agosto a octubre de 2013, a los nacidos hasta 31 de octubre de 1995 (una vez cumplido los diez y ocho años de edad).

Art. 3º;.- La distribución del contingente para las Fuerzas Armadas y otras Instituciones, quedarán a cargo exclusivo del Comando en Jefe de las Fuerzas Armadas de la Nación, a través de la Dirección General de Reclutamiento, Reserva y Movilización - Dirección del Servicio de Reclutamiento.

Art. 4º.- El presente Decreto será refrendado por la Ministra de Defensa Nacional.

Art. 5°.- Comuníquese, publíquese e insértese en el Registro Oficial.

Fdo.: Federico Franco Gómez.
Fdo.: María Liz García de Arnold.

Adapta los modelos al caso concreto y verifica las fuentes oficiales.

Sobre esta publicación

Contenido informativo. Revisa las fuentes y adapta los modelos a tu caso.

Comunicar una corrección
Publicidad
Publicidad
Información para tu consulta

Verifica el texto y sus modificaciones en la fuente oficial.

Criterios editoriales →
Quiénes somos

Derecho Paraguayo es un sitio de consulta de contenidos sobre derecho paraguayo dirigido a abogados, estudiantes y personas interesadas en la materia. Reúne legislación, jurisprudencia y modelos de escritos publicados en el blog.

Criterios editoriales

El buscador clasifica las publicaciones según sus etiquetas. Cuando el título permite identificar un año, lo ofrece como filtro. Las fechas de publicación del blog no se presentan como fechas de revisión o de vigencia.

Las categorías y resultados no acreditan exhaustividad, vigencia ni revisión profesional. Para comunicar una corrección, utiliza la página de contacto.

Privacidad y publicidad

El sitio se aloja en Blogger. Los servicios de Google pueden tratar información de conexión, identificadores y cookies conforme a su configuración. Esta versión de la plantilla no incorpora scripts publicitarios; sus espacios están reservados para una futura configuración. Consulta la política de privacidad de Google y las opciones de anuncios de Google.

Esta plantilla guarda la preferencia de color en el navegador y mantiene temporalmente el catálogo jurídico en el almacenamiento de la sesión para agilizar las consultas. El buscador de catálogo filtra localmente los documentos descargados; la búsqueda alternativa de Blogger envía la consulta a Blogger.

Menú principal

Buscar en Derecho Paraguayo