Modelo de arras para una futura compraventa inmobiliaria en Paraguay: señal, precio y saldo coherentes, plazo de escrituración y efectos del arrepentimiento.
Ficha de consulta
- Tipo
- Modelo adaptable
- Materia
- Civil y comercial
- Jurisdicción
- Paraguay
- Revisión editorial
- 22 de octubre de 2026
Alcance y efecto de las arras
Este modelo se refiere a una señal o arras sometida al artículo 723 del Código Civil paraguayo. Bajo ese régimen, quien entrega la señal puede arrepentirse perdiéndola; quien la recibe puede hacerlo restituyéndola con otro tanto. Si el contrato se cumple, se aplica el tratamiento legal de la señal y, si es dinero de la misma especie, su imputación a la prestación.
El modelo incorpora expresamente esa facultad de arrepentimiento. Si las partes quieren un anticipo de precio sin esa facultad, deben utilizar una redacción distinta y hacer revisar el acuerdo; no basta cambiar su título. Este instrumento privado tampoco sustituye la escritura e inscripción exigibles para transmitir el dominio inmobiliario.
Modelo de contrato
En [ciudad], República del Paraguay, a [fecha], comparecen [nombre del vendedor, cédula de identidad, estado civil y domicilio] y [nombre del comprador, cédula de identidad, estado civil y domicilio], por derecho propio o según [representación y facultades acreditadas], y acuerdan:
Primera. Inmueble y antecedentes
La parte vendedora se obliga a celebrar la compraventa del inmueble individualizado como [matrícula/finca, distrito, padrón/cuenta catastral, ubicación, superficie y linderos según título e informe], adquirido por [antecedente y escritura]. Su situación dominial, gravámenes, restricciones, ocupación y deudas se documentan en [anexos]. Intervendrán los cotitulares o quienes deban prestar consentimiento conforme al régimen aplicable.
No se declarará que está libre de gravámenes u ocupantes si los informes o la situación material no lo acreditan. Cualquier carga admitida y su cancelación deberán describirse expresamente: [detalle y condiciones].
Segunda. Precio, señal y saldo
El precio total se fija en G. [P, en números y letras]. En este acto, la parte compradora entrega G. [S], por [medio, referencia y comprobante], en concepto de señal sometida al artículo 723. La parte vendedora reconoce su recepción únicamente una vez acreditado efectivamente el pago.
Si se cumple el contrato, esa suma se imputará al precio y el saldo será G. [P menos S]. Se abonará mediante [medio] en [fecha y condiciones coordinadas con la escritura]. Si se acuerdan cuotas adicionales, deberán individualizarse en un anexo y la suma de señal y cuotas deberá ser exactamente igual al precio total.
Tercera. Verificación y escrituración
La escritura se otorgará ante [escribano/a y criterio de designación], en [lugar], hasta [fecha]. Las partes entregarán la documentación necesaria y cumplirán las condiciones siguientes: [informes actualizados, cancelaciones, representación y demás recaudos]. Si se sujeta el negocio a financiación o a otro hecho, deberá redactarse expresamente la condición y el destino de la señal si no se cumple; no se presume tal condición.
Cuarta. Arrepentimiento y comunicación
Las partes reconocen expresamente la facultad de arrepentimiento del artículo 723. Quien entregó la señal, si ejerce esa facultad, la pierde. Quien la recibió, si se arrepiente, debe devolver lo recibido y otro tanto de su valor. El arrepentimiento se comunicará de manera fehaciente a [domicilios y medio pactado], antes de la consumación de la compraventa, con la restitución exigible cuando corresponda.
El incumplimiento, la frustración de una condición pactada y el arrepentimiento no se tratarán como situaciones idénticas sin examinar sus hechos y efectos legales. No se acumulan automáticamente arras, penalidades, intereses y daños por el mismo concepto.
Quinta. Entrega y conservación
La posesión y las llaves se entregarán en [momento y condiciones], mediante acta que detalle [estado, inventario, ocupación, medidores y servicios]. Hasta entonces se asignan las obligaciones de conservación y gastos de la siguiente forma: [detalle]. No se entenderá entregada la posesión por la sola firma de este documento.
Sexta. Gastos y responsabilidades
Los gastos e impuestos se distribuirán así: [detalle por concepto], respetando las disposiciones imperativas y distinguiendo los gastos de este acuerdo de los de la escritura y registro. No se libera anticipadamente al vendedor de obligaciones legales de saneamiento ni se imponen cargos no individualizados al comprador.
Séptima. Controversias y ejemplares
Las comunicaciones se cursarán a los domicilios indicados y sus cambios deberán notificarse fehacientemente. Las controversias se someterán a la jurisdicción competente conforme a la ley paraguaya, sin desplazar competencias imperativas. Se firman [cantidad] ejemplares de igual tenor con sus anexos, luego de verificar identidad, capacidad, representación y situación registral.
[Nombre y firma del vendedor].
[Nombre y firma del comprador].
[Otras intervenciones legalmente necesarias].
Comprobación antes de firmar
- Confirmar la titularidad, restricciones, estado civil y facultades de los firmantes.
- Verificar que precio total = señal + saldo y que todos los importes utilicen la moneda pactada.
- Completar fecha, forma de pago, escrituración y entrega.
- Explicar a ambas partes el efecto de arrepentimiento que se está pactando.
- Revisar con el profesional interviniente las condiciones particulares antes de entregar dinero.
Fuentes oficiales
Correcciones realizadas
Se sustituyó el ejemplo ajeno a la práctica paraguaya por campos locales y una señal regulada por el artículo 723. Se corrigió la inconsistencia aritmética del precio, se retiraron intereses prefijados, exoneraciones generales y datos personales ficticios, y se distinguieron arrepentimiento, incumplimiento y transmisión del dominio.
Se conserva la fecha original de publicación: esta entrada es un modelo o artículo editorial, no una ley ni una resolución con fecha de emisión propia. La revisión del 22/10/2026 queda asentada por separado. Los campos entre corchetes requieren datos y documentación del caso; deben eliminarse las opciones que no correspondan antes de presentar o firmar.