D I J E R O N:
Que, por Resolución N° 2796 del 5 de febrero de 2020, de la Municipalidad de la Ciudad de Fernando de la Mora se declaró Asueto el día 28 de febrero de 2020, con motivo de la Conmemoración del Aniversario de Fundación de dicha Ciudad.
Por Nota N° 44 del 11 de febrero de 2020, el Consejo de Administración de la Circunscripción Judicial de Central, solicitó la suspensión de los plazos procesales de la Ciudad de Fernando de la Mora que vencen el día 28 de febrero de 2020, fenezcan el día 2 de marzo del año en curso.
Por tanto,
LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
A C U E R D A:
Art. 1°.- ESTABLECER que los plazos procesales de la Ciudad de Fernando de la Mora, que vencen el día 28 de febrero de 2020, fenezcan el día 2 de marzo del año en curso.
Art. 2°.- ANOTAR, registrar, notificar.
Ante mí:
