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Acordada Nº 1363


En la ciudad de Asunción, Capital de la República del Paraguay a los veintiséis días del mes de febrero del año dos mil veinte, siendo las once horas, estando reunidos en la Sala de Acuerdos de la Corte Suprema de Justicia, el Excmo. Señor Presidente Dr. Alberto Joaquín Martínez Simón y los Excmos. Señores Ministros Doctores, Antonio Fretes, María Carolina Llanes Ocampos, César Antonio Garay, Luis María Benítez Riera, Gladys Ester Bareiro de Módica; Manuel Dejesús Ramírez Candia y Eugenio Jiménez Rolón, ante mí, el Secretario autorizante;

D I J E R O N:


Que, por Resolución N° 2796 del 5 de febrero de 2020, de la Municipalidad de la Ciudad de Fernando de la Mora se declaró Asueto el día 28 de febrero de 2020, con motivo de la Conmemoración del Aniversario de Fundación de dicha Ciudad.

Por Nota N° 44 del 11 de febrero de 2020, el Consejo de Administración de la Circunscripción Judicial de Central, solicitó la suspensión de los plazos procesales de la Ciudad de Fernando de la Mora que vencen el día 28 de febrero de 2020, fenezcan el día 2 de marzo del año en curso.

Por tanto,
LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
A C U E R D A:

Art. 1°.- ESTABLECER que los plazos procesales de la Ciudad de Fernando de la Mora, que vencen el día 28 de febrero de 2020, fenezcan el día 2 de marzo del año en curso.

Art. 2°.- ANOTAR, registrar, notificar.



Ante mí:


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