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ACORDADA Nº 1013 del 20 de octubre del 2015.

ACORDADA Nº 1013 del 20 de octubre del 2015.


En la ciudad de Asunción, Capital de la República del Paraguay a los veinte días del mes de octubre del año dos mil quince, siendo las once horas, estando reunidos en la Sala de Acuerdos de la Corte Suprema de Justicia, el Excmo. Señor Presidente Dr. Antonio Fretes y los Excmos. Señores Ministros Doctores, Luis María Benítez Riera, César Antonio Garay, José Raúl Torres Kirmser, Alicia Beatriz Pucheta de Correa, Miguel Oscar Bajac Albertini, Sindulfo Blanco, Gladys Ester Bareiro de Módica y Miryam Josefina Peña Candia, ante mí, el Secretario autorizante;

D I J E R O N:

Que, por Decretos Nos 1898 y 1916 del 1 de setiembre de 2015 y 15 de setiembre de 2015, respectivamente, la Corte Suprema de Justicia designó a los Abogados Joel Domingo Melgarejo, Norma Emilce Cristaldo Ramos y Mirian Beatriz Ferreira Ruiz Díaz, en carácter de Jueces de Primera Instancia en lo Civil y Comercial, para la Circunscripción Judicial de Central.

La Corte Suprema de Justicia, en el marco de sus objetivos institucionales, tiene como fin mejorar los servicios en la administración de justicia, con miras a garantizar el principio de celeridad procesal en beneficio a los justiciables, considera pertinente habilitar los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial en las ciudades de Lambaré, J.A. Saldívar y Fernando de la Mora, que pasarán a constituirse en el Segundo Turno de dicho fuero y jurisdicciones.

En esta tesitura, la Corte Suprema de Justicia considera conveniente, además, determinar un sistema unificado y equitativo de distribución, evitando el sistema de turnos intercalados de cada quince días que actualmente rige para algunos Juzgados y del que resulta en la práctica una distribución desigual de expedientes.

En consecuencia, corresponde establecer como sistema de distribución de expedientes, el cupo de 200 (doscientos) expedientes, 100 (cien) por Secretaría, en caso de que el Juzgado tenga dos Secretarías, como cupo de cada Turno para los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de las ciudades de Lambaré, J.A. Saldívar y Fernando de la Mora.

Al respecto, esta máxima instancia judicial considera oportuno, además, disponer que el Magistrado Joel Domingo Melgarejo, cumpla funciones en el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Segundo Turno de Lambaré; la Magistrada Norma Emilce Cristaldo Ramos, cumpla funciones en el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Segundo Turno de J.A. Saldívar y que la Magistrada Mirian Beatriz Ferreira Ruiz Diaz, cumpla funciones en el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Segundo Turno de Fernando de la Mora, hasta nueva disposición de la Corte Suprema de Justicia.

La Corte Suprema de Justicia, tiene atribuciones para dictar los actos que fueren necesarios para la mejor organización y eficiencia de la administración de justicia, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 3º inciso b) de la Ley Nº 609/95 “Que organiza la Corte Suprema de Justicia”, en ese sentido, para una mejor administración de la justicia.

Por tanto, en uso de sus atribuciones.

LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
A C U E R D A:

Art. 1º.- HABILITAR el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial, creado para la Circunscripción Judicial de Central, en la ciudad de Lambaré, que pasará a constituirse en el Segundo Turno de ese fuero y jurisdicción.

Art. 2º.- ESTABLECER el cupo de 200 (doscientos) expedientes, 100 (cien) expedientes por Secretaría, en caso de que el Juzgado tenga dos Secretarías, como cupo de cada Turno para los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la ciudad de Lambaré.

Art. 3º.- DISPONER que el Magistrado Joel Domingo Melgarejo, cumpla funciones en el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Segundo Turno de Lambaré.

Art. 4º.- HABILITAR el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial, creado para la Circunscripción Judicial de Central, en la ciudad de J.A. Saldívar, que pasará a constituirse en el Segundo Turno de ese fuero y jurisdicción.

Art. 5º.- ESTABLECER el cupo de 200 (doscientos) expedientes, 100 (cien) expedientes por Secretaría, en caso de que el Juzgado tenga dos Secretarías, como cupo de cada Turno para los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la ciudad de J.A. Saldívar.

Art. 6º.- DISPONER que la Magistrada Norma Emilce Cristaldo Ramos, cumpla funciones en el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Segundo Turno de J.A. Saldívar.

Art. 7º.- HABILITAR el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial, creado para la Circunscripción Judicial de Central, en la ciudad de Fernando de la Mora, que pasará a constituirse en el Segundo Turno de ese fuero y jurisdicción.

Art. 8º.- ESTABLECER el cupo de 200 (doscientos) expedientes, 100 (cien) expedientes por Secretaría, en caso de que el Juzgado tenga dos Secretarías, como cupo de cada Turno para los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la ciudad de Fernando de la Mora.

Art. 9º.- DISPONER que la Magistrada Mirian Beatriz Ferreira Ruiz Díaz, cumpla funciones en el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Segundo Turno de Fernando de la Mora

Art. 10º.- DISPONER que la presente Acordada entrará en vigencia a partir del……………………………………………..

Art. 11º.- ANOTAR, registrar y notificar.


Ante mí:


observación: la fecha de vigencia no estaba agregada en la publicación de la corte, una vez la tengamos agregaremos la misma.


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