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PROMOVER ACCION DE COLACIÓN

ACCIÓN DE COLACIÓN.



La procesal que se ofrece para obtener la colación de bienes en una sucesión o las rectificaciones pertinentes o pretendidas en la materia. (Manuel Ossorio, Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales).- Los herederos forzosos que concurran con otros a la sucesión deberán traer a la masa hereditaria el valor de los bienes recibidos del causante, en vida de este, por donación u otro titulo gratuito.(articulo 2544 del C.C.P.)



Solo pueden demandar la colación:



• a) un coheredero a otro.

• b) Los acreedores personales del coheredero que puedan exigir la colación.

• c) Los acreedores del causante y los legatarios, solo cuando el heredero a quien la colación fuere debida, aceptare la herencia pura y simplemente, y no mediare separación de patrimonios.(articulo 2545 del C.C.P.).



Están obligados a colacionar:

• a) los descendientes, ascendientes y el cónyuge del causante.

• b) Los herederos instituidos por testamento, cuando este afectado la legitima;

• c) El heredero que no siéndolo al tiempo de la libertad, resultare heredero forzoso al abrirse la sucesión;

• d) Los descendientes que sucedan por representación al ascendiente, juntamente con tíos y primos. La colación se extenderá a todo lo que el padre debió aportar en el caso de haber vivido, aunque ellos no hubieren heredado; y

• e) Los descendientes del indigno, o del desheredado.(articulo 2546 del C.C.P.)



La colación comprende:



• a) el valor de las donaciones que el causante hubiere hecho en vida a favor de heredero obligado a colacionar;

• b) lo invertido por el causante para el establecimiento independiente de sus hijos, sea con motivo de matrimonio, sea para permitirles explotar una empresa de carácter económico, y también para mejoras en sus bienes.

• c) Las liberalidades encubiertas bajo apariencia de acto o titulo oneroso, el que resulto cedido gratuitamente;

• d) El crédito cedido gratuitamente;

• e) La obligación del heredero a favor del causante, que este hubiere renunciado en forma desinteresada; y

• f) Lo pagado por el autor de lo que no se debía al heredero, con animo de beneficiarlo.(articulo 2547 del C.C.P.)






OBJETO: PROMOVER ACCIÓN DE COLACIÓN.






SEÑOR JUEZ:






DIANA MAREA, Abogada, con Matricula de la C.S.J. N° 1.500, en nombre y representación de la Sra. LILIAN FLORES, conforme Testimonio de Poder General que adjunto, constituyendo domicilio real en la casa de la calle San Antonio N° 123 de la Ciudad de Villa Elisa y domicilio procesal en la calle Carlos Antonio López N° 890 de esta Capital, a V.S. respetuosamente digo: ---------------------------------------

Que, cumpliendo precisas instrucciones recibidas de mi instituyente, vengo en su nombre y representación a promover demanda por ACCIÓN DE COLACIÓN contra EMILIANA FLORES, domiciliada en la casa de la calle Santa Teresa N° 456 de esta Capital, fundada en las siguientes consideraciones de hecho y de derecho que paso a exponer: -----------------------------



HECHOS



Que, se presenta la señora LILIAN FLORES contra la Sra. EMILIANA FLORES a promover la demanda de colación en virtud de que la demandada y heredera recibió de su padre el causante de la sucesión, Sr. RUBEN FLORES, que se halla en tramite – a titulo gratuito un terreno edificado, dicho inmueble individualizado como Finca N° 737 del Distrito de San Roque inscripto en los Registros Públicos a nombre del Sr. RUBEN FLORES, con el fin de que la Sra. Emiliana Flores establezca una explotación comercial fabrica (de calzados) esta trasferencia se hizo a titulo gratuito, sin contraprestación alguna de parte de la demandada, y por su valor vulnera el principio de partición igualitaria que es el espíritu de la legislación de la materia.-----



DERECHOS. DOCTRINA



La acción de colación es la que tiene los herederos forzosos entre si y por la cual la ley lo obligan a que traiga a la masa hereditaria el valor de los bienes recibidos del causante en vida, sea por donación o otros títulos gratuitos se halla regulada por los Arts. 2544 al 2552 del Código Civil y a demás establece el art. 659 inc. d) también del Código Civil, que prescriben a los 10 años la acción de colación de herencia, y concordantes del Titulo XV del Libro IV del Código Procesal Civil.-----------------------------------------------------------

La Acción de colación deberá incoarse en el Juez de la Sucesión, por el fuero de atracción, en virtud del Art. 733 del Código Procesal Civil.---------------------------------------------------------------



JURISPRUDENCIA: son requisitos para la procedencia de la colación que el peticionan te sea heredero forzoso del causante y que los bienes recibidos de este último hayan sido entregados a título gratuito. (T. Apel. C. y Com. sala 5). -------------------------------------------------------------



PETITORIO:

• I- TENER POR RECONOCIDA mi personería en el carácter invocado y por constituido mi domicilio en el lugar señalado.---------------------------------------------------------------------------



• II- ORDENAR el desglose y devolución de los documentos originales presentados, previa agregación y autenticación de las fotocopias por el Actuario.--------------------------------------



• III- TENER por iniciada la presente demanda que por ACCIÓN DE COLACION promueve la Sra. LILIAN FLORES contra EMILIANA FLORES y de la misma, así como de los documentos acompañados, correr traslado a la demandada para que lo conteste en el término de Ley, previa remisión de estos autos al Juez de Primera Instancia Civil y Comercial del 2° turno, Secretaria N° 3, competente por el fuero de atracción, en el expediente caratulado como "RUBEN FLORES S/ SUCESIÓN". --------------------------



• IV- DAR intervención al Ministerio Público.----------------------------------------------------------------

• V- DISPONER la anotación de la presente litis en la Dirección de los Registros Públicos, con relación al inmueble supra individualizado, a fin de precautelar los derechos de mi principal, oficiándose al efecto.--------------------------------------------------------------------------------------

• VI- DICTAR oportunamente y previo los tramites de rigor la Sentencia Definitiva, haciendo lugar a la acción deducida, con costas en caso de oposición.---------------------------------------



PROVEER DE CONFORMIDAD Y SERA JUSTICIA.-




ABOG. DIANA MAREA.

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